1. Blockchain y la accesibilidad de los servicios del registro

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El Registro de propiedad es un servicio público al que deben poder acceder todos los ciudadanos. Sin embargo, sabemos que el costo de los trámites, el desconocimiento de los usuarios o simplemente la distancia hasta las oficinas de las entidades encargadas, pueden resultar barreras infranqueables para buena parte de los usuarios . Estas dificultades de acceso traen como efecto que muchas transacciones se realicen informalmente, sin consultar la información registrada. Esto a su vez impacta en que los datos del registro se desactualicen y se multipliquen los conflictos. La tecnología Blockchain, permite realizar transacciones remotas , ampliar la accesibilidad al Registro y facilitar las transacciones.

La tecnología Blockchain opera a través de una red de nodos distribuídos que no son dependientes de una base centralizada de información, sino que se comunican, almacenan y comparten información entre sí. Es como si se tratara de un Drive que conserva información registral que es compartida y almacenada no “en la nube” sino en cada uno de los nodos de manera sincronizada. Es decir, cada vez que se produce la solicitud de una transacción, para que ésta modifique la “cadena de bloques” compartida en el Drive, todos los nodos se comunican entre sí para confirmar a través de un algoritmo que la transacción es válida. Solo después de realizada la validación sincronizada, los nuevos datos crean un nuevo bloque que es replicado en todos los nodos.

Para que la promesa de mayor accesibilidad y facilidad se cristalice, su costo, en comparación de las vías tradicionales debe ser comparativamente menor para los usuarios. Para explorar estos temas, se propone las siguientes cuestiones:

1. ¿Qué ventajas y desventajas trae el modelo de registros distribuidos frente al modelo de bases de datos centralizadas?, ¿quién es responsable de la integridad de los datos y cómo se audita la seguridad de las transacciones en una solución blockchain?

2. El sistema analógico más tradicional supone que los acuerdos y eventos relevantes se materialicen en documentos de papel que deben ser firmados por los intervinientes. En tiempos recientes y a propósito de las necesidades de distanciamiento social que ha impuesto la pandemia, SUNARP ha acelerado notablemente la implementación del “Sistema de Intermediación Digital (SID)” a través del cual los notarios pueden enviar las escrituras públicas digitalmente. ¿La existencia del SID vuelve irrelevante una solución Blockchain como la propuesta?

3. En el sistema analógico vigente los usuarios deben seguir una serie de pasos que acarrean un costo determinado. Por su parte, una solución Blockchain promete brindar facilidades y una mayor accesibilidad a los usuarios. Sin embargo, supone también algunos costos. Por ejemplo, la exigencia de validación de identidad en cada paso tiene un costo que encarece el proceso.¿Cómo se comparan los costos del sistema actual frente a una solución en entorno blockchain?

4. Muchas personas no cuentan con un smartphone, carecen de conectividad o no comprenden ni se sienten cómodas en realizar transacciones en línea. ¿Significa esto que un sistema como el propuesto resulta excluyente y agudiza la brecha digital porque se verían impedidas de acceder a este canal de atención?

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2. Blockchain en los registros de propiedad: ¿un nuevo medio para reproducir los procedimientos conocidos o una oportunidad para rediseñar los procedimientos legales?